Un tribunal japonés ha dictaminado que la postura del gobierno de no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, una decisión que se suma a otras similares previas, aunque el Ejecutivo aún no ha tomado medidas para modificar la normativa vigente.
El Tribunal Superior de Fukuoka se ha convertido en el tercer tribunal superior en dictaminar que la prohibición del matrimonio homosexual es incompatible con la Constitución japonesa. Pese a esta declaración, el tribunal confirmó el fallo de una instancia menor y desestimó la petición de daños y perjuicios presentada por los demandantes.
El tribunal inferior había declarado anteriormente que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo estaba en un «estado de inconstitucionalidad», un término que sirve como un llamado a la Dieta (Parlamento) para abordar la discrepancia entre la ley y la Constitución.
Este fallo surge tras una demanda interpuesta por tres parejas del mismo sexo de las prefecturas de Fukuoka y Kumamoto, que argumentaban que la negativa a reconocer sus matrimonios constituía una violación de la Constitución.
En octubre pasado, otro tribunal superior japonés también determinó que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo era inconstitucional. El Tribunal Superior de Tokio emitió su veredicto tras la decisión del Tribunal del Distrito de Tokio en 2022, señalando un «estado de inconstitucionalidad» similar.
La lucha judicial en torno al matrimonio homosexual se centra en la interpretación de dos artículos de la carta magna de Japón. Los demandantes apoyan sus alegatos en el artículo 14, que establece la igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación en relaciones políticas, económicas o sociales por razones de raza, credo, sexo, condición social u origen.
El gobierno, por su parte, defiende que su postura es constitucional, basándose en el artículo 24, que define el matrimonio como basado «únicamente en el consentimiento mutuo de ambos sexos», interpretado como la unión de un hombre y una mujer.
Desde 2021 hasta 2024, cerca de una decena de sentencias de primera instancia han abordado esta cuestión, la mayoría indicando que la falta de reconocimiento a las uniones homosexuales es inconstitucional o bien vulnera los derechos consagrados en la carta magna.
En el primer fallo de un tribunal superior a principios de este año, el Tribunal Superior de Sapporo también declaró inconstitucional la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo, confirmando el fallo de un tribunal inferior de 2021.
A pesar de estas decisiones judiciales, ningún tribunal ha concedido compensación económica a los demandantes. Japón sigue siendo el único país del Grupo de los Siete que no ha legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo ni las uniones civiles, a pesar de la creciente presión de la comunidad LGTB en el país.
EFE