ONG señala que Delcy Rodríguez, encargada interina de Venezuela, solo podría permanecer 90 días adicionales en el poder.
La ONG Provea advirtió sobre el cumplimiento de los plazos constitucionales para la convocatoria de elecciones en Venezuela, ante la ausencia de un presidente. La organización señaló que Delcy Rodríguez, encargada interina de Venezuela, solo podría permanecer 90 días adicionales en el poder, tras haber culminado el primer período de 90 días.
Hace tres meses, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) designó a Delcy Rodríguez, encargada interina de Venezuela, como «presidenta encargada» tras la captura del ex dictador acusado de narcoterrorismo por Estados Unidos. Esta medida fue calificada por el TSJ como una «ausencia forzosa», un término que, según Provea, no se encuentra en la Constitución y ha sido utilizado para evitar sus mecanismos.
La organización Provea recordó que el Artículo 234 de la Constitución establece que el vicepresidente Ejecutivo puede asumir el poder por un máximo de 90 días ante una falta temporal, prorrogables por otros 90, lo que suma un plazo máximo de 180 días. Según Provea, el primer período de 90 días ya se ha cumplido.
Provea enfatizó que, a los 90 días, la ilegítima Asamblea Nacional puede declarar la falta absoluta, y a los 180 días, tiene la obligación de hacerlo. Esta declaración, según la ONG, obligaría a convocar elecciones en un plazo de 30 días. La organización señaló que «no pronunciarse es una decisión política, no una omisión neutral».
La ONG concluyó su comunicado afirmando que «Venezuela tiene derecho a decidir» y que «la falta absoluta no es un tecnicismo, sino un mecanismo que devuelve la palabra al pueblo». Provea recalcó la necesidad de elecciones democráticas, señalando que «el reloj constitucional corre».
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