La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha emitido la Resolución 2/2025, en la que se conceden medidas cautelares en beneficio de Alberto Trentini, ciudadano italiano, en respuesta a la situación de gravedad y urgencia que enfrenta en Venezuela. La resolución, adoptada el 7 de enero de 2025, destaca el riesgo de daño irreparable a sus derechos a la vida e integridad personal.
Alberto Trentini había estado trabajando en Venezuela desde octubre de 2024 con la organización no gubernamental «Humanity and Inclusion». El 15 de noviembre de 2024, fue detenido por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) y posteriormente trasladado a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) en Caracas. A pesar de los esfuerzos de la ONG para presentar un recurso de Habeas Corpus, las autoridades venezolanas habrían rechazado recibirlo, negándose a informar sobre su paradero actual.
La CIDH, ante la falta de respuesta por parte de las autoridades venezolanas dentro del plazo establecido, ha considerado que la situación de Trentini requiere una acción inmediata. Así, la Comisión ha solicitado a Venezuela que tome medidas concretas para proteger sus derechos, incluyendo:
- Confirmar oficialmente si Alberto Trentini se encuentra bajo custodia estatal y las circunstancias de su detención, o bien, las acciones realizadas para determinar su paradero.
- Garantizar que las condiciones de detención cumplan con los estándares internacionales, facilitando el contacto regular de Trentini con familiares, abogados y representantes, y permitiéndole la comunicación con Italia.
- Proveer información jurídica oficial sobre su situación en el marco del proceso penal, así como las razones por las que no ha sido liberado y si su detención ha sido revisada judicialmente.
- Realizar una evaluación médica inmediata sobre su estado de salud y asegurar acceso a atención médica adecuada.
- Coordinar las acciones necesarias con el beneficiario y sus representantes, además de investigar los hechos que llevaron a la adopción de estas medidas cautelares para prevenir su repetición.
La CIDH especifica que la adopción de estas medidas por parte del Estado venezolano no implica un prejuzgamiento sobre posibles violaciones a los derechos humanos que puedan ser presentadas ante el Sistema Interamericano.
La Comisión es un órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), con el mandato de promover y defender los derechos humanos en la región, actuando como consultor de la OEA en esta materia. Está compuesta por siete miembros independientes elegidos por la Asamblea General de la OEA, quienes no representan a sus países de origen.