La CIDH amplía medidas cautelares a integrantes de Foro Penal en Venezuela

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Publicada: diciembre 4, 2024
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha adoptado una resolución significativa con respecto a la situación de varios miembros de la organización Foro Penal en Venezuela. Mediante la Resolución de Seguimiento, Modificación, Ampliación y Levantamiento 92/2024, emitida el 28 de noviembre de 2024, la CIDH ha tomado pasos para afrontar los riesgos que enfrentan los defensores de derechos humanos en el país.

La CIDH ha identificado que persiste una situación de riesgo para cuatro personas que ya se beneficiaban de medidas cautelares otorgadas por medio de tres resoluciones anteriores: Resolución 8/2015, Resolución 7/2019 y Resolución 64/2019. Además, la Comisión ha decidido extender la protección a 10 personas adicionales integrando la misma organización.

Las personas beneficiarias de estas medidas cautelares se dedican a brindar asistencia jurídica y defensa privada a personas detenidas que, según se ha informado, no han podido acceder a representación legal adecuada. En numerosas ocasiones, las autoridades habrían indicado que la representación se limitaría a defensores públicos, excluyendo la participación de defensores privados. En este contexto, estas personas han sido objeto de intimidación y hostigamiento por parte de agentes estatales, incluyendo retenciones prolongadas y amenazas de detención.

La Comisión ha manifestado su preocupación ante la falta de información y la deficiente implementación de medidas de protección por parte del Estado, lo cual coloca a los beneficiarios en una situación de vulnerabilidad considerable.

En respuesta a esta situación, la CIDH ha decidido:

  • Ampliar las medidas cautelares a favor de Kennedy Tejeda, Mayela Fonseca, Lucía Quintero, Pedro Arévalo, Arelys Ayala, Wiecza Santos Matiz, Laura Valbuena, Raquel Sánchez Carrero, Franyer Jose Hernandez Valladares, y Marbella Gutiérrez.
  • Mantener las medidas cautelares para Alfredo Romero, Gonzalo Himiob Santomé, Luis Betancourt, y Olnar Ortiz.
  • Continuar el seguimiento de la situación de Olnar Ortiz bajo el registro de medidas cautelares 143-13.
  • Levantar las medidas cautelares respecto de Yoseth Colmenares y Robiro Terán.
  • Decidir no ampliar las medidas para Orlando Moreno y otros integrantes de Foro Penal, dejando abierta la posibilidad para futura revisión.

La resolución también incluye una solicitud al Estado venezolano para que tome medidas efectivas en la protección de los derechos a la vida e integridad personal de las personas identificadas y garantice que puedan realizar sus actividades sin amenazas. Asimismo, se exige información detallada sobre la situación legal de Kennedy Tejeda y comunicación con sus familiares y representantes legales.

La CIDH, un órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), tiene el mandato de promover y defender los derechos humanos en la región. Está integrada por siete miembros independientes elegidos por la Asamblea General de la OEA, quienes actúan a título personal, sin representar a sus países de origen.

Esta resolución representa un esfuerzo continuado de la CIDH para asegurar la protección y el respeto hacia los derechos humanos en Venezuela, en un contexto de desafíos significativos para los defensores de estos derechos en el país.

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