La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha emitido la Resolución 79/2024, mediante la cual se otorgaron medidas cautelares a favor de Leocenis Manuel García Osorio, en virtud de encontrarse en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Venezuela.
El beneficiario, quien es periodista y dirigente del partido político «ProCiudadanos» en Venezuela, fue supuestamente interceptado por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) el 11 de septiembre de 2024. Este acontecimiento siguió a la publicación de un video en redes sociales en el que García Osorio criticaba las acciones del gobierno nacional hacia los ciudadanos venezolanos. Desde ese momento, no se ha obtenido información oficial sobre su paradero o estado de salud, a pesar de los intentos de su padre por obtener detalles sobre su local de detención. Esta situación ha dificultado el acceso de su familia a recursos legales internos, y la falta de respuesta del Estado ha limitado la capacidad de la Comisión para valorar las acciones emprendidas en favor de García Osorio.
Tras evaluar las alegaciones presentadas, la CIDH concluyó que, dada la falta de certeza sobre su ubicación o situación jurídica, García Osorio está privado de la protección judicial necesaria. Por tanto, en aplicación del artículo 25 del Reglamento, se instó a Venezuela a:
- Adoptar las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal del beneficiario, incluyendo la confirmación de su custodia por parte del Estado y las circunstancias de su detención.
- Precisar si García Osorio ha sido presentado ante un tribunal competente y, de no ser así, explicar las razones de su no liberación; además, verificar si ha recibido evaluación médica y proporcionar documentación al respecto.
- Garantizar el contacto del beneficiario con su familia y abogados, proporcionando información oficial mínima sobre su situación jurídica.
- Implementar las medidas necesarias para que García Osorio pueda desarrollar sus actividades políticas sin ser objeto de amenazas, hostigamientos o actos de violencia, e informar sobre las acciones adoptadas para investigar los hechos denunciados y evitar su repetición.
Es importante destacar que el otorgamiento de la medida cautelar no implica un prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano respecto a presuntas violaciones de derechos protegidos por la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), con el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región. Actúa como órgano consultivo de la OEA en esta materia y está integrada por siete miembros independientes, elegidos por la Asamblea General de la OEA, quienes no representan a sus países de origen o residencia.