La situación de la custodia penitenciaria en Venezuela sigue siendo motivo de preocupación a pesar de los decretos presidenciales que intentan formalizar la transferencia de funciones de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) y el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (MPPSP). Tras cuatro años desde la emisión del decreto presidencial N.º 4.510, la implementación práctica de estas medidas sigue sin completarse, revelando serios desafíos para el Estado en términos de administración y derechos humanos.
El decreto presidencial del 12 de mayo de 2021, junto a sus subsiguientes complementos —N.º 4.528 y N.º 4.534—, estableció directrices precisas para una transición ordenada. Estas incluían la adecuación de normas y procedimientos, el traslado de detenidos y la transferencia material de instalaciones. No obstante, la realidad contrasta con lo proyectado en estos documentos oficiales.
A pesar de las acciones previstas, la custodia real permanece bajo el mando de personal de la DGCIM y SEBIN, lo que mantiene un clima de represión y temor. Según el Observatorio Venezolano de Prisiones, esta situación pone en riesgo a miles de ciudadanos, cuestionando la eficacia de las instituciones democráticas del país.
Este incumplimiento se desarrolla en un marco de severas violaciones de derechos humanos documentadas por organismos internacionales. Las instalaciones de El Helicoide, bajo el control del SEBIN, son señaladas como centros de tortura sistemática. La Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela de la ONU ha recopilado testimonios que detallan métodos de tortura, como asfixia con bolsas plásticas, simulación de ahogamiento, y violencia sexual. Estos actos son identificados como crímenes de lesa humanidad y reflejan una estrategia estatal para reprimir la disidencia.
Informes recientes de organismos como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han denunciado detenciones arbitrarias y el uso excesivo de la fuerza. En este contexto, el Alto Comisionado Volker Türk expresó su preocupación en agosto de 2024 sobre el clima de miedo prevalente en la sociedad venezolana.
El Código Orgánico Penitenciario (COP) de Venezuela, promulgado en 2015, enfrenta dificultades de implementación debido a la falta de un reglamento específico que complemente sus disposiciones. Esta carencia afecta la uniformidad en la administración de los centros penitenciarios y el respeto por los derechos humanos de los privados de libertad.
La ausencia de un marco legal completo deja a las instituciones sin una guía clara para su funcionamiento, agravando problemas como el hacinamiento, la atención médica insuficiente y el acceso a la justicia. En este escenario, el papel del ministro del Servicio Penitenciario se ve reducido a una figura sin poder decisivo, mientras que las familias de los detenidos enfrentan un ciclo de abuso y negación de información.
La falta de acción práctica respecto a estos decretos refleja una falta de voluntad política y una incapacidad institucional para efectuar una reforma genuina del sistema penitenciario. Esto no solo perpetúa un sistema de control opresivo, sino que también evade las responsabilidades ante organismos internacionales que monitorean los derechos humanos en Venezuela.
La situación actual requiere medidas urgentes y decididas para garantizar que la transferencia de funciones no solo quede en papel, sino que se traduzca en acciones concretas que respeten y protejan los derechos humanos fundamentales.