El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) ha detallado una serie de requisitos que deben cumplir las motocicletas para circular en las vías de Venezuela. Estas normativas están diseñadas para garantizar la seguridad vial, tanto de los conductores como de los demás usuarios de la vía.
Equipamiento Obligatorio para Motocicletas
Según la información proporcionada por la página oficial del INTT, las motocicletas deben estar equipadas con los siguientes elementos esenciales:
- Una bocina funcional.
- Dos faros delanteros que sean capaces de permitir la identificación del vehículo a una distancia de 150 metros.
- Un sistema de frenos eficaz que permita detener el vehículo en una distancia de 5 metros, cuando se circula a treinta kilómetros por hora.
- Una luz roja trasera, visible a cien metros de distancia durante la noche.
- Dos reflectores rojos en la parte trasera, posicionados de manera que indiquen el ancho máximo del vehículo en modelos con más de dos ruedas.
- Dos espejos retrovisores, uno en el lado derecho y otro en el lado izquierdo de la motocicleta.
- Un dispositivo silenciador del escape, que reduzca las explosiones del motor.
Además, conforme al Reglamento Parcial de la Ley de Transporte Terrestre sobre el uso y circulación de Motocicletas (Gaceta Oficial N° 39772 del 05-10-2011), los conductores de mototaxis están obligados a portar un extintor de incendios de cinco libras (5 lb).
Esta normativa fue discutida y aprobada en mesas de trabajo con el gremio de motociclistas del país, en colaboración con el INTT, el órgano rector del transporte terrestre y la prevención vial.
El cumplimiento de este reglamento se alinea con el vértice uno de la Gran Misión Cuadrantes de Paz, con el objetivo de garantizar la movilidad segura de la ciudadanía. En el marco de esta misión, se busca crear un entorno más seguro para todos los que transitan las carreteras venezolanas.