En la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.855 ha sido publicada la nueva Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones no Gubernamentales (ONG) y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro en Venezuela. Este marco legal, compuesto por 39 artículos, dos disposiciones transitorias y dos derogatorias, establece el régimen de constitución, registro, funcionamiento y financiamiento de estas entidades, en conformidad con la Constitución y los tratados internacionales ratificados por el país.
La ley prohíbe actividades como la promoción del fascismo, la recepción de recursos para actos terroristas y la realización de acciones propias de partidos políticos. También se excluyen aquellas organizaciones cuyo funcionamiento esté regulado por leyes especiales, debido a la naturaleza de su objeto.
Principios y Condiciones
La normativa se rige por principios de preeminencia de los derechos humanos, participación, transparencia, y soberanía nacional, entre otros. En su artículo 10, se establece que las ONG y organizaciones sociales podrán constituirse bajo cualquier denominación lícita, pero para obtener personalidad jurídica deberán tomar las formas de asociaciones, corporaciones, sociedades civiles o fundaciones lícitas de carácter privado, tal como lo prevé el Código Civil.
Las organizaciones deben tener un acta constitutiva estatutaria que incluya detalles sobre su denominación, objeto, duración, estructura interna, y régimen de administración, entre otros aspectos.
Prohibiciones Específicas
Las organizaciones están sujetas a ciertas prohibiciones, tales como no recibir aportes destinados a organizaciones políticas o realizar actividades de partidos políticos, y no promover el fascismo, la intolerancia o el odio en cualquiera de sus formas.
Disposiciones Transitorias
La ley requiere que dentro de los 90 días posteriores a su entrada en vigor, las organizaciones ya constituidas actualicen su información ante la Oficina de Registro Público correspondiente, sin necesidad de pagar tasas. Estas organizaciones deben presentar actos como la actualización anual de su inventario de bienes, balances contables, relación de donaciones y modificaciones de estatutos, entre otros.
Este marco legal promete establecer un control más estricto sobre las ONG en Venezuela, al tiempo que busca garantizar su funcionamiento dentro de un marco de legalidad, transparencia y responsabilidad social.