La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución 44/2025 el 12 de junio de 2025, en la cual se otorgaron medidas cautelares a favor de Andreina Baduel. Esta decisión se tomó después de que la Comisión determinara que Baduel se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, ya que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable en Venezuela.
La parte solicitante explicó que Andreina Baduel es defensora de derechos humanos y directora del Comité de Familiares y Amigos por la Libertad de los Presos Políticos (CLIPPVE) en Venezuela. Como resultado de sus actividades de denuncia pública y búsqueda de justicia, ha sido objeto de amenazas, hostigamientos, intimidaciones y vigilancia por parte de agentes estatales. El Estado venezolano, según se informa, no proporcionó información a la CIDH en relación con estos señalamientos.
Tras evaluar las alegaciones presentadas, la CIDH concluyó que Baduel está en una situación de riesgo, susceptible de una mayor afectación a sus derechos. Los hechos reportados involucran la participación de agentes estatales en sus actividades como defensora de derechos humanos. La falta de información del Estado sobre las acciones que se están tomando para mitigar su situación de riesgo fue un factor determinante en la decisión de la Comisión.
La CIDH solicitó al Estado de Venezuela que adopte las siguientes acciones:
- Implementar medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Andreina Baduel.
- Garantizar que pueda seguir desempeñando sus actividades de defensa de derechos humanos sin ser objeto de amenazas, hostigamientos o actos de violencia.
- Asegurar que sus agentes respeten los derechos e integridad personal de la beneficiaria, conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.
- Concertar las medidas a adoptar con la beneficiaria y su representación.
- Informar sobre las acciones adelantadas para investigar los presuntos hechos y evitar su repetición.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano que alegue violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), encargado de promover la observancia y defensa de los derechos humanos en la región. Funciona también como órgano consultivo de la OEA en esta materia y está compuesto por siete miembros independientes elegidos por la Asamblea General de la OEA.
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